Legislación - prohibición de primates.

oxyuranus

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Buenas amigos, ya sé que se ha hablado mucho acerca de este asunto, pero ya pregunté hace tiempo y nadie supo responderme, y buscando en mensajes antiguos no encuentro nada.

Todos sabemos que existen varias leyes que prohiben la tenencia de primates fuera de núcleos zoológicos, una de ellas supuestamente es una ley de Sanidad, que intenta prevenir del contagio de sida y otras enfermedades por monos a personas (Esto no hay quien lo entienda, desde cuando un primate NC puede contagiarnos el sida??, sería más bien al revés no??)

Bueno, la cuestión es que me estoy volviendo loco buscando la supuesta ley que prohibe, y no la encuentro.

La ley andaluza de animales potencialmente peligrosos prohibe la tenencia de primates, pero no es esa la ley que busco, ya que antes de esa ley, ya estaban prohibidos por otra, en teoría, ya que se decomisaron muchos titíes a particulares a pesar de tener su documentación CITES en regla.

Por favor, fuera de polémicas... hay alguien que haya leido esa ley?? Por qué todos sabemos que están prohibidos y sinembargo nadie ha leido nunca la ley?? Si realmente existe esa ley, porque no hay forma de encontrarla y a todo el que consulto me dice que jamás la ha leido??

Y repito, se supone que se trata de una ley a nivel nacional, porque a nivel autonómico, cada comunidad tendrá las suyas específicas. Hablo de algo a nivel general, que prohibe la tenencia de primates a particulares por la posible transmisión de enfermedades.

Muchas gracias, espero que alguien de verdad tenga la ley a mano o la haya leído.

Un saludo.
 

Òscar Martínez

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Re: Legislación prohibición de primates.

Personalmente me enteré de que los primates estaban prohibidos, a través de este foro, porque realmente no lo he escuchado ni leído en ningún sitio.

Saludos
 

oxyuranus

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Re: Legislación prohibición de primates.


Así es, todos lo hemos leído y escuchado.
Todos hemos sabido que el seprona decomisó muchos titíes a sus dueños con sus CITES en regla (para luego hacer vete a saber qué con ellos) en base a una supuesta ley de sanidad que atribuye a los primates la capacidad de contagiarnos el sida y otras enfermedades... pero, ¿¿Dónde se puede consultar esa ley??

No he leido nada verídico al respecto, sólo comentarios y más comentarios.

Un saludo y espero que alguien con información de primera mano nos responda.
 

beoskull

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Re: Legislación prohibición de primates.

hubo un tiempo en que pense en pillarme un titi pero al igual que oscar me entere en esta web de esa ley asi que pase del tema de pillarme un primate,que yo recuerde nunca he leido esa ley solo la e escuchado y poco mas saludoss :D
 

Bastida20

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Re: Legislación prohibición de primates.

Si,yo ví en televisión que les quitaron a un montón de gente titís y más primates con los papeles en regla,y dijeron que los papeles de un primate solo son válidos en manos de zoológicos,parques naturales........sitios de estas caracteristicas,los papeles de un primate en manos de un particular no son validos,vamos como si no tubiese nada,eso es lo que dijeron en televisión.

Saludos!!!!!!!
 

Tiffany

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Re: Legislación prohibición de primates.

Yo lo he leido pero tambien me he informado en tiendas de animales (donde los han vendido anteriormente) y tambien en veterinarios de exóticos; y ambos coincidieron en que esta prohibido tenerlos un particular. Hablo de la legislación en Catalunya, en el resto no tengo ni idea ya que si es complicado con el tema de los perros (en Catalunya un bull terrier no es peligroso en Valencia sí) pues imaginaos en este tema...
 

Bastida20

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Re: Legislación prohibición de primates.

Ah!!!!!!,y eso de que el Sida procede del mono y q se nos puede contagiar tengo entendido q es cierto,recuerdo cuando estaba en el instituto como todos los años venían un par de médicos a explicarnos el rollo de siempre q había q utilizar protección en las relacciones sexuales por el tema de las enfermedades,y como siempre la enfermedad q más destaca en estos casos es el sida y un compañero preguntó si era cierto q procedía del mono y si se nos podía contagiar a nosotros y el médico dijo que si,no lo explicó solo dijo q si era cierto q se nos podía pegar a través del mono.

Saludos!!
 

oxyuranus

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Re: Legislación prohibición de primates.


Así es, un primate podría contraer el Sida, pero si procede de la cría en cautividad y es un tití, dime de que forma te lo vá a contagiar... :confused: ;) ;) ;)

De todas formas todo eso ya lo he escuchado, lo que ando buscando es la ley, el texto que prohibe explícitamente la tenencia de primates a particulares aún teniendo su documentación cites en regla... me dá a mí que no existe, no sé, me parece bastante raro que nadie haya leído jamás esa ley.

Saludos.
 

Bastida20

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Re: Legislación prohibición de primates.

Es q como he dicho el médico no explicó nada más.Yo tampoco he leído esa ley,pero en las noticias salió q si estaba,y de hecho mira todos los primates q confiscaron.Así q esté o no esta ley los del seprona siguen retirando primates a los particulares,aunque esto lo están haciendo desde hace poco porque hace unos tres años aproximadamente,en el programa de animales Ankawa salió un chico con un tití.

Saludos!!!!
 

Tiffany

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Re: Legislación prohibición de primates.

Hace tiempo habia un post por aqui de bastantes páginas donde los foreros sí publicaron esas leyes donde habla de la prohibición, lo recuero porque lo lei de pe a pa, pero ahora para encontrarlo...

Uno de los motivos de esta prohición es precisamente el tema de las enfermedades.
 

Tiffany

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Re: Legislación prohibición de primates.

Creo que era este, y si no es puede que la información te sirva:

http://www.faunaexotica.net/foro/galeria_fotografica_de_mamiferos_exoticos/mi_titi_pigmeo-t23395.0.html
 

Tylacin

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Re: Legislación prohibición de primates.

yo si que he leido la ley donde pone en una frase "queda prohibida la tenencia de cualquier tipo de primate" o algo asi, la voy a buscar y te pongo el link pero ya te digo existe porque yo lo he liedo. Un saludo.
 

oxyuranus

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Re: Legislación prohibición de primates.


Bueno, al menos ya veo algo de luz al final del túnel.

No he tenido tiempo de leerme todas las leyes sanitarias a las cuales se hacen referencia, pero de lo leído hasta ahora, sólo he visto referencias acerca de primates en supuestos de transporte de un centro a otro.

Bueno, mañana me leeré todas esas leyes a ver si saco algo en claro.

Un saludo y muchas gracias.
 

vipershadow

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Re: Legislación prohibición de primates.

No solo es peligroso el tema del sida, hay mas enfermedades como el evola. Ademas de hay un tipo de herpesvirus en la saliva de determinados monos que es letal para el hombre (un herpesvirus si puede tenerlo un animal nc, de echo la mayoria de las personas son portadores de herpesvirus. En los zoologicos se toma muy en serio el posible contagio que pueden provocar estos animales a las personas. Y no veo a propietarios haciendo elisas que valen una pasta para ver si son o no portadores, ademas de q los animales tipo titi que se venden en paginas de compraventa son de dudosa procedencia.

http://www.ahc.umn.edu/rar/nhpsafety.html
 

Bastida20

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Re: Legislación prohibición de primates.

Vamos después de leer todo esto yo no compraría un Primate aunque no estubiesen prohividos,al menos yo.Saludos
 

Tylacin

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Re: Legislación prohibición de primates.

No es por nada pero por lo que yo tengo entendido lo que tu dices del herpesvirus es justamente al contrario, es letal para los titis, etc y somos nosostros quien se lo contagiamos, y como todos sabemos a nosotros no nos afecta practicamente. un saludo.
 

vipershadow

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Re: Legislación prohibición de primates.

Yo lo he estudiado como letal para el ser humano
 

jhejhe

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Sin querer he encontrado este foro, pues justo quería informarme al respecto porque quería un mono capuchino. Así que busqué legislación y más. No obstante aún tengo ciertas dudas. Pero lo que he deducido es que la tenencia de primates es ilegal, lo cual me entristece, pero no por no poder tener uno, sino porque entonces tengo que sumir que aquellas tiendas que los venden a particulares, lo hacen de forma ilegal? Cómo los adquirieron? No quiero imaginármelo. Como estudiante de derecho, este tema me importa mucho.
Es verdad que solo oímos pero no leemos, por ello aporto aquí legislación que he conseguido y su respectiva explicación.

** En primer lugar hay que acudir a la legislación estatal y local: (En mi caso Madrid)
LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y PROTECCIÓN DE ANIMALES, habla en su CAPÍTULO V. De los animales silvestres y exóticos
Artículo. 35.2): “En relación con la fauna no autóctona, se prohíbe la caza, captura, tenencia, disecación, comercio, tráfico y exhibición pública, incluidos los huevos y crías, de las especies declaradas protegidas por los Tratados y Convenios Internacionales suscritos por España, por Disposiciones de la Comunidad Europea y Normativa vigente en España.”

** Pero ¿cuáles son esas especies protegidas?, y ¿de qué convenios internacionales relativos a este tema es parte España?

Claro está que el Convenio más importante es el CITES. Analicemos el Cites: Establece tres apéndices I, II y III
ARTÍCULO II DEL CONVENIO establece lo siguiente:
El Apéndice I  incluirá todas las especies en peligro de extinción que son o pueden ser afectadas por el comercio. El comercio en especímenes de estas especies deberá estar sujeto a una reglamentación particularmente estricta a fin de no poner en peligro aún mayor su supervivencia y se autorizará solamente bajo circunstancias excepcionales (que pueden ser por ejemplo para la fomentación y desarrollo de la biodiversidad)

El Apéndice II incluirá:
a) todas las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, podrían llegar a esa situación a menos que el comercio en especímenes de dichas especies esté sujeto a una reglamentación estricta a fin de evitar utilización incompatible con su supervivencia; y
b) aquellas otras especies no afectadas por el comercio, que también deberán sujetarse a reglamentación con el fin de permitir un eficaz control del comercio en las especies a que se refiere el subpárrafo a) del presente párrafo.

El Apéndice III incluirá todas las especies que cualquiera de las Partes (Partes, se refiere a Estados) manifieste que se hallan sometidas a reglamentación dentro de su jurisdicción con el objeto de prevenir o restringir su explotación, y que necesitan la cooperación de otras Partes en el control de su comercio.
*** Ahora bien, ¿en qué apéndice se encuentran los primates? Pues bien, eso dependerá del tipo de primate.

Si entramos a la página oficial del CITES, encontramos todo el listado de especies protegidas.
La mayoría de los primates, se encuentra en el APENDICE II, ninguno en el apéndice III, y algunos en el apéndice I.
Los que se encuentran en el apéndice I están descritos específicamente con su nombre científico, lista dentro de la cual por ejemplo se encuentran algunos tipos de monos tití.
Todos los primates del apéndice I, están absolutamente prohibidos salvo circunstancias excepcionales.

Los primates del Apéndice II, requieren un permiso concreto de exportación y demás requisitos legales.

Pero todo esto, es relativo a la importación de estas especies, no a su tenencia, la cual la regula la legislación estatal.

****Concluimos:
* ¿Se puede tener como mascota un mono?
Pues bien, según la ordenanza sobre Tenencia y protección de animales, establece se prohíbe la “tenencia” delas especies declaradas protegidas (en este caso por el Convenio CITES)
Los primates, así como cualquier otra especie que se encuentre en algún apéndice del CITES, ya sea I, II, o III, están declarados como protegidos. Por tanto, teniendo en cuenta la ordenanza: SU TENENCIA ESTÁ PROHIBIDA.

* ¿Por qué los zoológicos pueden? Porque éstos no realizan ninguna actividad como “caza”, “captura” “tenencia”, “comercio” que prohíbe la ordenanza. “Exposición pública” sí, pero su fines son distintos siguiendo una legislación específica al respecto que establece los requisitos y criterios que éstos han de seguir. Si os interesa, echad un vistazo entre otras a LA LEY 31/2003, DE 27 DE OCTUBRE, DE CONSERVACIÓN DE LA FAUNA SILVESTRE EN LOS PARQUES ZOOLÓGICOS.

**Por último, saber que hay un proyecto de DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS Y DE ANIMALES EXÓTICOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID, y por el que se reformaría el DECRETO 287/20002. Este proyecto establecería expresamente en su artículo 3 la prohibición de tenencia de determinados animales potencialmente peligrosos, y en su apartado c) menciona a los mamíferos: “ Todos los primates, así como las especies silvestres que en estado adulto alcancen o superen los diez kilogramos de peso, salvo en el caso de las especies carnívoras cuyo límite estará en los cinco kilogramos”.
Aunque creo que aún sigue en proyecto, se ve claramente que ese es el objetivo del legislador.

Aunque después de mucho tiempo, espero que os sirva de algo mi aporte. :)
 

kurt

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El convenio CITES regula el comercio y cría de las especies incluidas, no las prohibe, no se de donde te has sacado que las prohiben...
 
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