Nos presentamos :-) / Ayudando a las trachemys scripta

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Somos una asociación nueva en Madrid para animales que no son perros ni gatos , parte de los animales que ayudamos son a las especies invasoras y con ello los galápagos trachamys scripta que son los que más necesitan ayuda ahora.

Esta es nuestra pagina de facebook donde podéis seguir nuestro trabajo : https://www.facebook.com/lasmiradasdelolvido/

Nos dan muchos avisos de todo tipo de animales y gran parte de galápagos trachemys scripta , si alguien podeis ayudar siendo casa de acogida sera bien recibido :)
Las Miradas Del Olvido.jpg
 

souf

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Hola,
siento decirte que las trachemys scripta están en el catálogo de especies exóticas invasoras, y que por tanto, está prohibida su venta, cesión o reproducción.
Los ejemplares de las especies animales incluidas en el catálogo, en posesión o adquiridos como animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos, o ubicados en Parques Zoológicos debidamente autorizados conforme a lo establecido en la Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, podrán ser mantenidos por sus propietarios, si bien, deberán informar, en el plazo máximo de un año, sobre dicha posesión a las autoridades competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.


Estas autoridades establecerán, en su caso, la obligatoriedad de la esterilización de los ejemplares, así como sistemas apropiados de identificación o marcaje (tatuaje, crotal, microchip, anillamiento y registro veterinario), y solicitarán la firma de una declaración responsable por el propietario que se ajustará a la definición incluida en el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Los propietarios deberán informar con carácter inmediato de la liberación accidental de estos ejemplares y no podrán comercializar, reproducir, ni ceder estos ejemplares. Como alternativa a lo contemplado anteriormente, las autoridades competentes facilitarán, en caso de solicitarse, la entrega voluntaria de los animales referidos. Esta entrega se podrá realizar en primera instancia, y de forma temporal, y mientras son recogidos por las autoridades competentes en esta materia, en puntos de venta de animales de compañía o domésticos y núcleos zoológicos legalmente constituidos que puedan ser reconocidos por la autoridad competente como habilitados para ello.


Aquellos propietarios o parques zoológicos que en cumplimiento del Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, hubiesen informado sobre la posesión de animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos no necesitarán volver a informar.
Saludos
 
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Hola Souf sabemos la legislación y creemos que estamos haciendo de la mejor manera , todos los animales se van con chip y contrato estricto , en el que se hace incapie en que se prohíbe la cría.
 

souf

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Hola,
me parece muy buena idea, los animales no tienen culpa de los dueños que les haya tocado tener (que las han liberado a la naturaleza).
Sólo es recordaros, que es algo ilegal lo que hacéis, para que lo tengáis en cuenta.
Saludos
 

bricoterrario

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Hola, la intencion es buena, pero como bien os dice souf estais cometiendo una ilegalidad. ( de hecho son tres las personas que las cometen , el que os cede la tortuga , vosotros por recibirla y cederla y el tercero al que la cedeis, ademas como haceis contrato dejais todo por escrito y firmado de que sois los autores de ello ) . La ley de animales invasores es clara y no contempla que se puedan ceder, ni siquiera aunque lleven contrato , microchip o localizador por satelite, unicamente se pueden entregar a un centro autorizado ( desconozco si vosotros sois un centro autorizado por la comunidad autonoma , pero creo que no es el caso ), o permanecer con el propietario original previo censo en el listado oficial de poseedores de estas especies. Ademas no confirmais que las tortugas salgan esterilizadas por lo que el riesgo de escape o suelta y posterior reproduccion no se elimina.
 
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