Tenencia de autóctonos.

Aitortxu

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Con ánimo de esclarecer la tenencia de autóctonos NC en el País Vasco.
Normativa municipal de Vitoria-Gasteiz:

"Artículo 19º.- Los animales de especies protegidas o los objetos hechos con partes de ellos estarán en
todo momento acompañados de la documentación que legalice su tenencia. Su venta, posesión y exhibición,
se hará de acuerdo con los Convenios internacionales suscritos por el Estado, Disposiciones Comunitarias,y
Normas sobre protección de los animales y de la naturaleza en vigor. Los Servicios Veterinarios Municipales,
en el ámbito de sus funciones, y de acuerdo con los Servicios competentes de la Diputación
Foral de Alava, velarán por el cumplimiento estricto de estas normativas."
Por lo tanto sabemos que es viable la tenencia de autóctonos NC en Vitoria, con su documentación, ¿no?

"Artículo 20º.- La tenencia de una cantidad elevada de animales, tanto si son domésticos como silvestres,
que pueda ser considerada como colección zoológica, se adecuará a la normativa sobre núcleos zoológicos."
Que no es mi caso, por lo que no me puedo acoger a ella, de acuerdo.

Un artículo de cara a las tiendas en esta normativa municipal:
"El vendedor de un animal vivo, tendrá que entregar al comprador un documento donde se reflejen la
procedencia y características del animal, así como certificado de su estado sanitario. Este certificado no
excusará al propietario del establecimiento de su responsabilidad frente a enfermedades de incubación, no
detectadas en el momento de la venta."

Y otra duda que tenía, puedo coger invertebrados del campo para autoconsumo sin necesidad de autorización, a menos que haya una ley específica sobre un invertebrado en particular. Vamos, que nadie me puede decir nada por dar a mi sapo lombrices del campo (aunque no me preocupaba demasiado, en su día ya pensé en si alguien podía buscarme las cosquillas con esto).
En cambio, coger invertebrados silvestres para su venta está penado.
 

mike

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Segun la normativa a la que haces referencia que es "ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y PROTECCION DE
ANIMALES" del ayuntamiento de Victoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org/wb021/http/contenidosEstaticos/adjuntos/662.pdf
No podemos saber aun si dejan o no, ya que el pais vasco como comunidad autonoma puede tener leyes especificas sobre los autoctonos o el propio ayuntamiento puede proteger a su manera los autoctonos. Saldremos de dudas cuando te contesten.
Sin animo de ser quisquilloso y al ver que lo quieres tener absolutamente todo legal, como habras leido para tener animales exoticos podrian exigirte que pidieras permiso/o deberias pedirlo al ayuntamiento.

Artículo 7º.- La tenencia de animales salvajes fuera de los parques zoológicos o áreas destinadas al efecto
requerirá autorización expresa, responsabilizándose el propietario de la total ausencia de peligros y
molestias al vecindario. A tal efecto se prohíbe dejar sueltos a estos animales en espacios exteriores o
locales abiertos al público
 

Aitortxu

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Podría necesitar autorización o no, que poco concisos son a:':)
"1. Los poseedores de perros, que lo sean por cualquier título, deberán censarlos en el Ayuntamiento del municipio donde residan habitualmente, dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de nacimiento o adquisición del animal. El animal deberá llevar necesariamente su identificación censal, de forma permanente. Los Departamentos de Agricultura y Pesca y de Sanidad podrán extender la aplicación de lo dispuesto en este apartado a otros animales de compañía, si así se considerara conveniente."
 

robertomalaga

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Torremolinos (Malaga) 29620
sobre animales autoctonos nc..
La ley catalana lo dice claro:
"Asi como partes, huevos, crias o productos obtenidos a partir de esos ejemplares"

perdona tio, pero las crias en cautividad no van a proceder en ningún caso de animales capturados y procedentes de estado silvestre como dice en ese párrafo, ...partes, huevos, crias o productos obtenidos de esos ejemplares (los que ampara la ley que tu has colgado más arriba) es decir leyes que amparan a animales autóctonos SALVAJES.

No me vale ese ejemplo, y de verdad, estais confundiendo al personal, ojala os respondan rapidamente de medio ambiente como nos han hecho a nosotros en jangala por parte de dendroamphibia y oxyuranus para dejar ya tanta especulación y tanta interpretación personal de lado que visto lo visto de nada sirven en este caso.

Artículo 7º.- La tenencia de animales salvajes fuera de los parques zoológicos ....

y dale con los animales salvajes.....

En cuanto a que Aitortxu corrió demasiado en publicar el anuncio sin contrastar si era efectivamente así la tenencia de esa especie pues puede que lleves razón, pero tu corriste igual y actuaste precipitadamente al afirmar con rotundidad que la tenencia en cautividad de autóctonos criados en cautividad en España era COMPLETAMENTE FALSA, y cito palabras textuales tuyas.

saludos
 

mike

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Segun la ley, crees que a un eublepharis por ponerte un ejemplo lo llamaran animal domestico?
 

Aitortxu

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mike dijo:
Segun la ley, crees que a un eublepharis por ponerte un ejemplo lo llamaran animal domestico?
Sí, es más, en la normativa definían animal doméstico como todo animal que depende de la mano del hombre para su subsistencia.
Título I, Disposiciones generales:
http://www.euskadi.net/cgi-bin_k54/bopv_20?C&F=19931115&A=199303635

Como ves distingue entre animales domésticos, domesticados y animales salvajes en cautividad, y en ninguno de los casos la especie es un criterio de distinción.

"Los propietarios o poseedores de perros y gatos y los de aquellos otros animales que en un
futuro puedan determinarse, deberán censarlos en el Ayuntamiento dentro del plazo de un mes, a partir de
su nacimiento o adquisición, sin perjuicio de otros registros oficiales o privados."
Como de momento no han dicho nada en materia de ley de los eubles, ni de los shanjing, ni de la Megophrys, pues no hace falta censarlos, sólo perros y gatos, así de simple, o sea que con esto no me voy a comer la cabeza inútilmente.
 

mike

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En que quedamos entonces? un eublepharis es un animal domestico o un animal salvaje?
Porque en la ley que has puesto como tu bien indicas distingue entre animales domesticos, animales domesticados y animales salvajes en cautividad.

Como ves distingue entre animales domésticos, domesticados y animales salvajes en cautividad, y en ninguno de los casos la especie es un criterio de distinción.


Pero tambien has dicho que un eublepharis es un animal domestico

Cita de: mike en Enero 26, 2009, 23:34:09
Segun la ley, crees que a un eublepharis por ponerte un ejemplo lo llamaran animal domestico?

Sí, es más, en la normativa definían animal doméstico como todo animal que depende de la mano del hombre para su subsistencia.
Título I, Disposiciones generales:
 

Aitortxu

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mike dijo:
Pero tambien has dicho que un eublepharis es un animal domestico
Y sigo diciéndolo, mi euble no ha nacido en la naturaleza. ¿Has leído el enlace que te he puesto (es un escaneado y no puedo copiar y pegar texto :eek:?
 

mike

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Segun la ley que citas, distingue entre 3 categorias:

Artículo 2.

1. Se entiende por animales domésticos, a los efectos de esta ley, aquellos que dependen de la mano del hombre para su subsistencia.

2. Son animales domesticados aquellos que, habiendo nacido silvestres y libres, son acostumbrados a la vista y compañia del hombre, dependiendo definitivamente de este para su subsistencia.

3. Son animales salvajes en cautividad aquellos que habiendo nacido silvestres, son sometidos a condiciones de cautiverio, pero no de aprendizaje para su domesticacion.


Segun tu version y interpretacion, el euble o cualquier reptil estaria en la 1?

Porque siguiendo tu logica, yo tengo un tiburon/cocodrilos y como dependen de mi a efectos de la ley son animales domesticos.
Lo mejor que puedes hacer es enviarle un mail a los de medio ambiente/seprona de tu comunidad y les preguntes si un euble/shanjing (por cierto, como estan? antes eran mios)/nasuta los consideran animales domesticos.
Aqui estamos discutiendo de leyes y demas, y interpretandolas a nuestro modo de ver y realmente quien las interpreta son personas/funcionarios que nunca jamas han estado en nuestro hobby.
Hasta que se pronuncien, podriamos estar discutiendo horas y dias y no sacariamos nada en claro.
Un saludo
 

Aitortxu

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mike dijo:
Segun la ley que citas, distingue entre 3 categorias:

Artículo 2.

1. Se entiende por animales domésticos, a los efectos de esta ley, aquellos que dependen de la mano del hombre para su subsistencia.

2. Son animales domesticados aquellos que, habiendo nacido silvestres y libres, son acostumbrados a la vista y compañia del hombre, dependiendo definitivamente de este para su subsistencia.

3. Son animales salvajes en cautividad aquellos que habiendo nacido silvestres, son sometidos a condiciones de cautiverio, pero no de aprendizaje para su domesticacion.


Segun tu version y interpretacion, el euble o cualquier reptil estaria en la 1?

Porque siguiendo tu logica, yo tengo un tiburon/cocodrilos y como dependen de mi a efectos de la ley son animales domesticos.
Lo mejor que puedes hacer es enviarle un mail a los de medio ambiente/seprona de tu comunidad y les preguntes si un euble/shanjing (por cierto, como estan? antes eran mios)/nasuta los consideran animales domesticos.
Aqui estamos discutiendo de leyes y demas, y interpretandolas a nuestro modo de ver y realmente quien las interpreta son personas/funcionarios que nunca jamas han estado en nuestro hobby.
Hasta que se pronuncien, podriamos estar discutiendo horas y dias y no sacariamos nada en claro.
Un saludo
No, MI euble (y la inmensa mayoría) porque no ha nacido silvestre, por lo tanto no puede encuadrarse en domesticado ni en salvaje en cautividad, digo yo, como he dicho no hace distinción por especies en esste caso, utiliza otros criterios como los que lees en la definición. Si tu tienes un cocodrilo nacido en cautividad sería un animal doméstico segúnesta ley.
Los shanjing sé que eran tuyos, están muy bien, bueno sobre todo los dos más grandes, el más pequeño es un poco tímido y le cuesta comer, llegó con esa actitud. Ahora están enterrados medio dormidos por el frío, a ver si me crían dentro de unos meses.
Un saludo
 

mike

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Lo que queria decir es que las leyes de animales, se prestan a ambiguedades y medias tintas, y depende del responsable que te toque puede dar su version que puede ser que te perjudique (interprete la ley de una forma) o que te beneficie (que la interprete de la otra forma).
La gran mayoria de los responsables (por lo menos los que he tratado yo y las versiones que he oido de compañeros de otras comunidades) no esta preparada ni tiene unos conocimientos minimos del tema y siempre diran "NO" antes que un si.
FIjate el tema de los nucleos zoologicos, en teoria es obligatorio para la gran mayoria de nosotros y las autoridades no nos los dan para no "mojarse".
Si realmente la ley y los responsables de interpretarla dicen que es posible tener autoctonos, perfecto, yo mismo en el proximo hamm me comprare bastardas, marmoratus y lepidas.
Pero de otro lado, si se pueden tener se de muchos que se haran infinidad de documentos de cesion y expoliaran los campos.
Un saludo
 

Aitortxu

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mike dijo:
Pero de otro lado, si se pueden tener se de muchos que se haran infinidad de documentos de cesion y expoliaran los campos.
Un saludo
Pues esos son unos guarros, pero es que guarros hay en todos lados. De todas formas para el común de los mortales como yo veo más fácil comprar en Hamm o a criadores extranjeros que cogerlos en la naturaleza, ni que hubiese salamandras como champiñones (ojalá, no para cogerlas, claro).

Con respecto a las medias tintas, hasta que no me respondan cierto es que no se puede afirmar nada con rotundidad (mea culpa) pero tampoco negar como habéis hecho vosotros, ambos hemos actuado sin conocimiento.
Saludos
 

mike

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Alli donde tu vives no se, pero aqui a 10 minutos cada noche puedes llegar a coger hasta 50 salamandras. (no exagero, lo digo por experiencia).
 

Aitortxu

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mike dijo:
Alli donde tu vives no se, pero aqui a 10 minutos cada noche puedes llegar a coger hasta 50 salamandras. (no exagero, lo digo por experiencia).
Joder, pues sí que hay.
De todas formas, como apuntaba Oxyranus, Seprona puede comprobar si mientes con pruebas de ADN. Lo que no puede ser es que paguen justos x pecadores, porque de ser así también deberían prohibirnos tener cualquier exótico (la venta ilegal de exóticos es el 2º negocio más lucrativo en el mundo).
Para eso está la policía, para separar a los infractores de los que no lo somos, es su trabajo.
 

mike

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En algun momento de este post (o en el otro) lei que en malaga no era ni necesario registrar al soivre estos animales (los autoctonos).
Seria facil entonces hacerme un auto documento de cesion de un tal "klaus höffner" a mi diciendo que me cede 15 salamandras salamandras adultas nacidas en cautividad en alemania.
A partir de aqui podria dedicarme a vender salamandras capturadas aqui, alegando que son crias NC.
Si algun dia el seprona se enterase, simplemente diria que mi grupo de cria murio o se me escapo (que mala suerte eh agentes).
Y lo mismo pasaria si me quisiera ir a hamm a vender animales autoctonos.
Nadie se interesaria en buscar el inexistente "klaus höffner".
Es bastante recambolesco, pero factible. Hecha la ley, hecha la trampa.
Un saludo
 

Aitortxu

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mike dijo:
Nadie se interesaria en buscar el inexistente "klaus höffner".
Un saludo
Eso habría que verlo, no puedes afirmar que el Seprona pasaría del tema, igual investigaban y te pillaban en un santiamén, que no es tan difícil saber si una persona existe o no, sólo tienen que comprobar el DNI y los datos del documento de cesión (un documento de cesión que debes conservar).
Y esto que dices también puede pasar con exóticos que han sido importados de forma ilegal, ¿no?
Para eso está la policía, las aduanas, etc, lo que no pueden hacer (y por eso no hace la ley a nivel nacional en este tema) son prohibiciones generalizadas.
 

mike

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Si el seprona buscara a ese aleman residente en alemania y no lo encontrara...seria tu palabra contra alguien que no han encontrado.
Podria ser que el seprona pasara del tema, en el fondo son "15 salamandras" o si no imagino que habria juicio, seria un proceso largo (porque en el fondo no es importante comparado con otros casos) y con un buen abogado, dudo que pasara algo.
Un saludo
 

Aitortxu

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Pero es que quien quiere hacer trampas siempre va a poder hacerlas, si la ley lo prohibe seguirá vendiendo sin documento de cesión a puerta cerrada las salamandras por 200 euros ejemplar, y encima sin tener que dar ningún dato ni mentir en nada, o sea que encima igual le sale más rentable que la ley lo prohiba.
Repito, para eso está el Seprona. Si tú no confías (yo no sé como son de eficientes, nunca me he visto involucrado en algo con ellos) en ellos es tu problema.
Por esa regla de 3 habría que darles la razón a los que nos denostan y prohibir cualquier cosa que no sea un perro o un gato (puestos a generalizar, como seguro hay alguien que tiene algún exótico ilegalmente, pues prohibamos todos los exóticos).
 

mike

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Y por eso perderías tú.
No lo tengo tan claro como tu, porque no ser si al ser animales no cites iria a juicio eso para empezar, luego porque me procuraria un buen abogado que me presentara delante de sus señorias como un pobre desalmado que compro con toda su buena fe del mundo salamandras supuestamente NC en alemania para no expoliar españa y se la metieron doblada, que sufri un timo y fui engañado.
Logicamente haria denuncia en cuando se descubirera todo de que he sido victima de un timo y eso ayudaria bastante a despistar.
Tampoco quiero seguir con este tema, porque no quiero dar ideas como es comprensible.
Pero que ejemplares nc fueran ilegales aqui en españa para nada me ayudaria en mi pequeño negocio, ya que tendria una "fachada" de cara a la galeria perfecta, de criador de especies autoctonas nacional.
Podria ir a hamm y montar la paradita sin despeinarme y encima colgarme la medalla de protector de la fauna autoctona.
Un saludo!
 
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